martes, 17 de marzo de 2015

Nueva ayuda de 1.200 euros a las familias

Nueva ayuda de 1.200 euros a las familias monoparentales 
(solteros, separados o divorciados) con 2 hijos


El Gobierno ha anunciado en el Debate del Estado de la Nación, una nueva ayuda de 1.200 euros para las familias monoparentales con 2 hijos.
En realidad esta ayuda ya existía para las madres trabajadores, las familias numerosas y familias con ascendientes o descendientes con discapacidad, y que ahora también se podrá beneficiarse las familias monoparentales con al menos 2 hijos.
De esta nueva ayuda se beneficiará 186.000 familias y costará 180 millones a las arcas del Estado.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la nueva deducción?


  • Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos, es
    decir, un padre o una madre solter@, separad@ o divorciad@, al tiempo que cuentan con 2 hijos menores de 25 años
  • Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).
  • Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

  • Las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones. De esta forma, una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.


¿Cuánto hay que cotizar para tener derecho a la ayuda?

La ayuda está dirigida a trabajadores, parados con derecho a prestación de desempleo y pensionistas.



En el caso de trabajadores en activo:


  1. Trabajadores  del Régimen General o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar:
  2. Con contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
  3. Con contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
  4. Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
  5. Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.

Para los parados cobrando prestación y pensionistas:


  • Deben de tener una familia numerosa a cargo o un miembro de la familiar con discapacidad de al menos 33%

¿De cuánto es la ayuda?


La deducción es de 1.200 euros anuales en la declaración de la renta, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.



¿Se puede pedir varias ayudas?

Sí, las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones. De esta forma (algunos ejemplos):


  • Una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.
  • Una familia con 2 hijos dependientes con discapacidad superior al 33% tiene derecho a 2.400 euros de ayuda.
  • O en caso de familias numerosas de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.


¿Quién tiene que solicitar la ayuda?

La solicitud puede ser colectiva o individual:

Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.

Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.
Las deducciones en el Impuesto de la Renta, de 1.200 euros al año por cada situación o cien euros mensuales en caso de reclamar el cobro anticipado, se podían pedir en el teléfono 901 200 345 o por internet desde el pasado 7 de enero.


¿Cómo se pide la ayuda?

Existe 2 alternativas:

 1-Solicitarlo los 1.200 euros en la declaración anual de la renta.
Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales.
En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).

 2-En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:

Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.
Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.

Para mas información:

Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa
http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/02/26/el-gobierno-amplia-la-ayuda-de-1-200-euros-a-las-familias-monoparentales-con-2-hijos/#ixzz3UdOp6Oy2





Las familias numerosas o con discapacitados a su cargo podrán solicitar  las nuevas ayudas fiscales en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Hacienda abrió el plazo el pasado 7 de enero para su solicitud vía electrónica o a través del teléfono.

Esta ayuda es una ampliación de la deducción que viene disfrutando las madres trabajadoras.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la nueva deducción?

  • Familias numerosas.
  • Familias con 2 miembros y con ascendientes o descendientes con alguna discapacidad a su cargo
  • Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

¿Qué requisitos han de cumplir?

El padre o la madre ha de cotizar a la Seguridad Social o mutualidad alternativa.



Ha de tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad o que tengan ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre formando parte de una familia numerosa.




¿Cuánto hay que cotizar para tener derecho a la ayuda?
  • Contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
  • Contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
  • Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.
¿Cuánto es la deducción?

La deducción es de 1.200 euros anuales en la declaración de la renta, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente a cada uno de ellos.

¿Casos especiales?

Sí, cuando la familia numerosa es de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.

¿Quién tiene que solicitar la ayuda?

La solicitud puede ser colectiva o individual:

Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.
Las deducciones en el Impuesto de la Renta, de 1.200 euros al año por cada situación o cien euros mensuales en caso de reclamar el cobro anticipado, se podían pedir en el teléfono 901 200 345 o por internet desde el pasado 7 de enero.

¿Cómo se pide la ayuda?

Existe 2 alternativas:

 1-Solicitarlo los 1.200 euros en la declaración anual de la renta.
Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales.
En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).

2-En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:

Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.

Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.
Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/02/03/deduccion-de-1-200-euros-familias-numerosas-discapacidad-madres-trabajadoras/#ixzz3UdVHsXzi
 

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